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Boletín extraordinario 08-11-18

*COMPETENCIA LOCALIDAD DE NOETINGER:
El Colegio de Abogados de Bell Ville comunica que el Tribunal Superior de Justicia de nuestra provincia con fecha 31/10/2018 ha dictado el ACUERDO REGLAMENTARIO NÚMERO MIL QUINIENTOS TREINTA Y TRES – SERIE “A”. por el cual zanja una vieja discrepancia y problemática en materia de Competencia que existía respecto de la Localidad de Noetinger. En efecto, han existido fallos encontrados que han entendido que dicha localidad se encontraba dividida por la Avda. Centenario y que de esta hacia el oeste pertenecía la competencia a los Tribunales de Bell Ville y por el Contrario hacia el este correspondía a Marcos Juárez y viceversa. Esta problemática nos fue señalada por la Dra. Ana Silvia Ruiz, quien luego de una profusa investigación de antecedentes históricos en la materia, aportó todo el material necesario para fundamentar el reclamo de precisión ante nuestro Tribunal Superior, quien acogió favorablemente nuestro planteamiento y culminó con el dictado de la acordada indicada y por la cual en atención a “la consulta que formulan los Sres. Presidente y Secretario del Colegio de Abogados de Bell Ville con fecha 24/09/18 en la cual solicitan: “que en los términos del inc. 23, del art. 12 de la Ley 8435 (L.O.P.J.) tenga a bien ZANJAR una problemática de competencia jurisdiccional que al día de hoy encuentra fallos disimiles” (cfr.fs.1).” y ante ello RESUELVE: “Art. 1. FIJAR la competencia territorial de la localidad de Noetinger, Tercera Circunscripción Judicial, correspondiente a la Pedanía Litín, del Departamento Unión, en los Tribunales de Bell Ville, de conformidad con lo establecido por la Ley de Mapa Judicial de Córdoba. Art. 2. PUBLÍQUESE en el Boletín Oficial de la Provincia. Comuníquese a la Delegación de Administración General local, a la Federación Argentina de Colegios de Abogados, al Colegio de Abogado de dicha Sede, a las autoridades de la Municipalidad de Noetinger, a los Tribunales de Bell Ville y Marcos Juárez y dese la más amplia difusión. Tome razón la Oficina de Asistencia y Coordinación de los Centros Judiciales del Interior de la Provincia.- Con lo que terminó el acto que previa lectura y ratificación de su contenido, firman la Señora Presidente y los Señores Vocales del Tribunal Superior de Justicia, con la intervención del Señor Fiscal General de la Provincia y la asistencia del Señor Administrador General del Poder Judicial, Lic. Ricardo J. ROSEMBERG.” De esta manera queda determinado que toda la Localidad de Noetinger pertenece en definitiva a la Jurisdicción de los Tribunales Ordinarios de la Ciudad de Bell Ville. Queremos agradecer la colaboración de la Dra. Ana Silvia Ruiz O’ Neill y aprovechar para invitar a nuestros colegiados a acercar este tipo de inquietudes que en definitiva redundan en beneficio de todos. La mayor participación sin dudas hace a una mejor representación.Acompañamos en archivo adjunto nota presentada al TSJ y Acuerdo Reglamentario.
EL DIRECTORIO 
Nota TSJ por competencia Noetinger
Acuerdo Reglamentario número 1533